Está dirigido a quienes deben utilizar cartas de porte para el comercio de granos y para quienes revisten en las categorías “D” o “E” del esquema
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un régimen donde los monotributistas que se encuentran obligados a utilizar cartas de porte para el comercio de granos, así como los que se amparan en las categorías más altas “D” y “E”, deberán suministrar información sobre el tipo de actividades económicas que desarrollan.
La medida se dio a conocer mediante la resolución 2496 publicada en el Boletín Oficial y de acuerdo con el fisco, fue tomada “a fin de optimizar la acción fiscalizadora y el control de las obligaciones fiscales de los responsables”, de esta forma, el fisco busca homogeneizar la identificación de las actividades que desarrollen los pequeños contribuyentes mencionados y establecer un régimen excepcional de información.
Según aclaró el organismo, los datos deberán enviarse por Internet, accediendo con clave fiscal a través de la página web del organismo -www.afip.gov.ar -, e ingresando al servicio denominado “Padrón Único de Contribuyentes”, opción “Actividades Económicas”.
El plazo para presentar esta información vence el 15 de octubre para los monotributistas que utilizan cartas de porte, y el 17 de noviembre, para quienes revisten en las categorías “D” o “E”, aclararon desde el organismo recaudador.



